Nuevas medidas del Gobierno: suspensión de desahucios, prórroga de alquileres y moratoria de hipotecas.
Fuente: ultimahora.com/nacional.
«La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, el vicepresidente Pablo Iglesias, y la vicepresidente de Economía, Nadia Calviño, han comparecido este martes en rueda de prensa para informar del paquete de medidas económicas aprobado por el Consejo de Ministros.
Iglesias ha afirmado que hay que ofrecer «seguridad y protección a todas las personas para afrontar el impacto negativo. No es solo una crisis sanitaria, si no también social y económica».
Las nuevas medidas económicas aprobadas se dividen en varios apartados:
1. Alquiler. La vivienda es un bien imprescindible, ha dicho Iglesias, porque «es la trinchera desde donde los ciudadanos deben protegerse del virus». Quedan suspendidos todos los desahucios en seis meses. «Nadie puede ser expulsado de su casa».
El nuevo decreto contempla la suspensión de los desahucios seis meses tras el fin del estado de alarma, la prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler de vivienda habitual para evitar subidas abusivas, una línea de microcréditos avalados por el Estado o ayudas directas de hasta 900 euros tras la crisis, entre otros.
Además, ha indicado que, conforma al real decreto-ley aprobado, quien caiga en situación de vulnerabilidad puede acogerse a un microcrédito que dará el estado a tipo 0 de interés, a devolver en 6 años ampliable a 10 en caso de dificultades.
A su vez, ha indicado que se recoge una definición «muy amplia» de los supuestos de vulnerabildiad para acogerse al sistema, sumado a facilidades para devolución de los mismos, lo que permitirá que un «gran número» puedan acogerse, por ejemplo para parados, trabajadores inmersos en ERTE o reducción de jornada o autónomos con ingresos reducidos.
Si después de la crisis se mantiene la vulnerabilidad, el Estado pagará la deuda de alquiler, ha detallado Iglesias, quien ha enfatizado que los grandes tenedores de vivienda «deben arrimar el hombro y hacer un esfuerzo como todo el mundo».
Por ello, tendrán que elegir entre realizar una quita del 50% o bien reestructuración de la deuda en 3 años para los afectados.
2. Hipoteca. Se amplía a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos frente al mes que contemplaba hasta ahora.
También ha anunciado la ampliación en el alcance de la moratoria a los autónomos, profesionales o pymes que padezcan extraordinarias dificultades y a los préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad económica, incluyendo los créditos al consumo.
Con la extensión de esta medida, el Ejecutivo pretende ofrecer un alivio económico y asegurar que los ciudadanos no queden excluidos del sistema financiero al no poder hacer frente temporalmente a sus obligaciones como consecuencia de la crisis sanitaria.
Para compatibilizar esta nueva moratoria con la hipotecaria, se ha procedido a ajustar el régimen de acreditación. Así, las entidades no deben tener en cuenta la aplicación de una posible moratoria hipotecaria a efectos de calcular si se ha alcanzado o no el límite de la carga del 35% de los ingresos.
Con esto se pretende garantizar el tratamiento equitativo de acreedores y que la moratoria hipotecaria no beneficie indirectamente, por ejemplo, a los acreedores por crédito al consumo. Al mismo tiempo, busca abarcar la casuística de quienes no hagan frente a deudas hipotecarias, pero deban hacer asumir uno o varios préstamos que le suponen más de un 35% de sus ingresos.
3. Los cortes de suministros energéticos y de agua en la vivienda habitual estarán prohibidos para el conjunto de la población mientras esté en vigor el estado de alarma.
Se amplía también el bono social para que las personas que queden en situación de vulnerabilidad, como trabajadores afectados por despidos o autónomos que hayan tenido que cesar en su actividad, puedan acogerse a él.
Asimismo, se aplicará una moratoria en el pago de suministros para autónomos y pymes, que podrán, además, adaptar sus contratos a sus nuevas realidades de consumo sin penalización por parte de sus compañías suministradoras.
4. Subsidio excepcional para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima.
La duración de esta ayuda será de un mes, ampliable si así se decide, y su cuantía ascenderá al 80% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), unos 440 euros mensuales con el Iprem vigente en 2020.
El único requisito que se exigirá para percibir este subsidio es que la duración mínima del contrato que se extingue sea de al menos dos meses, excluyéndose así las relaciones contractuales esporádicas.
5. Moratoria del pago de créditos al consumo para las personas en situación de vulnerabilidad económica durante un plazo de tres meses ampliables. El Ejecutivo ha aprobado además que en caso de viajes combinados cancelados, los clientes podrán disponer de un bono a utilizar en un año; de no emplearse, se procederá a la devolución del dinero abonado.
6. Medidas de protección a las víctimas de violencia machista. Los alojamientos turísticos podrán albergar a víctimas de violencia machista y sus hijos durante el estado de alarma en el caso de que las casas de acogida para maltratadas no dispongan de plazas.
Ese decreto declara esenciales los centros de emergencia y acogida y los pisos tutelados para estas víctimas de trata y explotación sexual.
Se garantiza así el funcionamiento de los servicios de atención «como los centros de emergencia y acogida, pisos tutelados y alojamientos seguros para víctimas de violencia de género, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual».
El decreto habilita además el mecanismo para que los ayuntamientos y las comunidades autónomas puedan destinar la ejecución de los fondos del Pacto de Estado Para la Violencia de Género con el objetivo de que puedan poner en marcha las medidas específicas necesarias durante esta crisis.
Asimismo, el decreto establece que todos esos los centros de asistencia y acogida a víctimas dispongan de equipos de protección individual (EPI) para sus trabajadores.
7. Planes de pensiones. El Gobierno permitirá rescatarlos sin tener que pagar a Hacienda a aquellos ahorradores que sufran un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y a los autónomos que deban cesar en su actividad a causa de la pandemia del coronavirus.
Hasta este momento, los planes de pensiones solo podían rescatarse sin coste para el ahorrador en una corta lista de supuestos como la jubilación, el fallecimiento y la situación de dependencia o de incapacidad permanente, al ser un producto ilíquido.
8. Autónomos. El Gobierno ha aprobado la moratoria del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social durante seis meses de los autónomos y empresas. también ha remarcado que se ha aprobado un aplazamiento del pago de deudas hasta el 30 de junio de 2020 y una moratoria de las cuotas por los días trabajados de marzo sin intereses.
En concreto, el periodo de devengo en caso de empresas estaría comprendido entre abril y junio de 2020, mientras que en el caso de autónomos estaría comprendido entre mayo y julio de 2020.
Asimismo, se permitirá que las empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social, que deberán ingresar entre los meses de abril y junio de 2020 sin intereses.»