Nuevas medidas sociales en defensa del empleo // Covid-19

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Se ha publicado el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo y vamos a desgranar y resumir la información más relevante que contiene en 3 bloques:

Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs)

Se prorrogan automáticamente los de fuerza mayor que estén en vigencia hasta el 31 de enero de 2021.

Se regulan los ERTES por impedimento: las empresas que no puedan desarrollar su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021. Ésta será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

ERTE por limitaciones: las empresas que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas podrán solicitar a la autoridad laboral un ERTE por limitaciones. Las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021:

100 %, 90 %, 85 % y 80 %, respectivamente cuando la empresa hubiera tenido menos de cincuenta personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020

90 %, 80 %, 75 % y 70 %, respectivamente, cuando la empresa hubiera tenido cincuenta o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.

Se establece un régimen específico en materia de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social para aquellas empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad. La cuantía de la prestación por desempleo reconocida a las personas trabajadoras afectadas por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada se determinará aplicando, a la base reguladora de la relación laboral el 70 por ciento hasta el 31 de enero de 2021

Prestación extraordinaria para personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas.

 

Medidas de apoyo a los autónomos:

Prorroga hasta el 31 de enero la prestación por cese compatible con la actividad y para autónomos de temporada.

Crea una nueva prestación extraordinaria por cese de actividad y también una nueva ayuda por bajos ingresos para autónomos que no cumplan los requisitos para acceder a la prestación compatible con la actividad.

Regula una prestación extraordinaria por suspensión de actividad dirigida a aquellos autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para contener el coronavirus. 

 

Suspensión del Desahucio y vivienda:

Ampliación hasta el 31 de enero de 2021 del plazo máximo de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

Extensión hasta el 31 de enero de 2021 de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en dicho real decreto-ley.

Ampliación hasta 31 de enero de 2021 de los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que el propietario, persona física, no haya comunicado la necesidad de la vivienda para sí.

 

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